Desde que se aprobó esta ley de reforma educativa o más conocida como “Ley Wert”, han sido y siguen siendo muchas las dudas que invaden a todos los estudiantes afectados por la normativa aprobada por el gobierno de Mariano Rajoy. Vamos a destacar de qué manera va a interferir la LOMCE en la educación secundaria obligatoria, pero también cómo afectará a aquellos jóvenes que cursen un año escolar en el extranjero.

Novedades sobre la reválida

Las famosas reválidas de la LOMCE consisten en pruebas de evaluación final a las que los estudiantes deberían enfrentarse al terminar cada una de las etapas académicas: en 4º de la ESO y en 2º de Bachillerato. Sin embargo, las modificaciones en el último borrador han introducido cambios significativos que han dado una vuelta de tuerca a las reválidas.

“Soy alumno de 2º de Bachillerato, ¿finalmente tendré que realizar la reválida?”

Sí, aunque ahora tendrá un parecido mayor a la Selectividad. Consistirá en exámenes únicamente de las asignaturas troncales (tanto generales como las optativas) de 2º de Bachillerato y no de los dos cursos de Bachillerato como contemplaba anteriormente la LOMCE.

¿Y los alumnos de 4º de la ESO tendrán que enfrentarse a la reválida?

También, pero no todos los alumnos, aunque para aquellos que lo realicen no tendrá efectos académicos. La reválida de la ESO consistirá en exámenes de las asignaturas troncales de 4º y sería solo de muestra, realizándola solo aquellos centros que elija cada una de las Comunidades Autónomas. Al no tener efectos académicos, no será obligatorio aprobarla para obtener el título y acceder al siguiente curso.

Esta información está confirmada tal y como viene en el PDF de la Ley LOMCE del Boletín Oficial del Estado.

Calendario Implantación LOMCE:

A los estudiantes que les afectaría la reválida sería a los que hiciesen 4º de la ESO y 2º de Bachillerato a partir de  2017 / 2018 en España, pero aquellos alumnos que hagan un año escolar en el extranjero no tendrán que realizarla puesto que están fuera del sistema académico español, con lo cual convalidaría el curso hecho en el extranjero y pasarían de curso sin hacer ninguna reválida.

De todos modos en el tema  reválidas el futuro es incierto, ya que partidos de la gran mayoría de grupos parlamentarios  han manifestado la  intención de derogarla.

Reválida y acceso a la universidad

Otro motivo que preocupa mucho tanto a padres como alumnos con la reforma de la ley LOMCE,  es la reválida para el acceso a la universidad después de haber cursado bachillerato en el extranjero.  La reválida sustituiría a lo que es hasta ahora, la PAU (Prueba de Acceso a la Universidad), selectividad.

En un principio la intención del gobierno con la ley LOMCE era hacer una prueba de acceso individual para cada universidad. Finalmente no se llevará a cabo puesto que las universidades lo han rechazado  y han decidido  mantenerse con la PAU y continuar con una única prueba de acceso a la universidad, válida para todas las universidades.

Con esta decisión ningún estudiante que finalice  2º de bachillerato, tanto si ha cursado el año escolar en España como un año escolar en el extranjero, tendrá que hacer ninguna reválida.   A no ser que  excepcionalmente  la universidad en la que vaya a inscribirse lo requiera, que hasta ahora como hemos explicado antes, ninguna se ha inclinado por esa opción.

“Suspender asignaturas no impide hacer 2º de Bachillerato en el extranjero”

Con la ley LOMCE  hacer 2º de bachillerato en el extranjero  teniendo asignaturas pendientes de 1º de bachillerato,  será posible siempre y cuando no sean más de dos asignaturas y que estas dos no sean troncales, matemáticas o lengua. Siendo el caso de esa manera, el estudiante podría matricularse en 2º de bachillerato y hacer el año escolar en el extranjero de la siguiente manera.

El alumno tendría que inscribirse en el INBAD, (Instituto Nacional de Bachillerato A Distancia) y matricularse en esas dos asignaturas que le han quedado suspensas en 1º de Bachillerato.

El alumno  podría cursar su curso en Estados Unidos, Canadá, Irlanda  o el país en el que esté haciendo el año escolar  con total normalidad. A la vez tendrá que matricularse a distancia en el INBAD  de esas asignaturas pendientes. La forma para recuperar esas asignaturas será siguiendo temarios online, haciendo los ejercicios correspondientes y el examen online. En resumidas cuentas, el estudiante debería sacarse el curso de 2º de bachillerato más las dos asignaturas a distancia.

El porcentaje de estudiantes en  selectividad habiendo cursado 2 º de Bachillerato en el extranjero es muy alto y satisfactorio, una aclaración para todas aquellas familias que dudan a la hora de hacer el año escolar en el extranjero.

1º de Bachillerato en el extranjero

Si en 4º de la ESO nos quedan asignaturas pendientes  y queremos cursar un año escolar en el extranjero en 1º de Bachillerato, no tendríamos la posibilidad de recuperarlas. El estudiante tendría que repetir todo el curso completo, ya que la ESO no permite examinarse de asignaturas sueltas.

En este caso el alumno podría estar cursando fuera 1º de bachillerato, y a la vez  cursar y examinarse del curso completo de 4 º de la ESO a distancia, siempre y cuando las asignaturas que le queden pendientes no sean troncales.

Resumen de los cambios en Educación Secundaria

La educación secundaria en la LOMCE se compone de materias  y se divide en dos ciclos. El primer ciclo  corresponde a los cursos 1º, 2º y 3º de ESO y el segundo ciclo corresponde a  4º de ESO.

El curso  4º de ESO será decisivo ya que es el momento en el que los estudiantes deciden distintas vías de formación. Ya sea para bachillerato o para formación profesional, el curso de 4º de ESO será preparatorio para cualquiera de ellas.

  • Opción de enseñanzas académicas para la iniciación al Bachillerato: Los estudiantes que decidan seguir con esta opción, tendrán que realizar el examen para poder tener el título sin el cual no podrán acceder a Bachillerato aunque tengan las asignaturas aprobadas.  Por ello resultará que la duración total de Bachillerato será de un año y medio ya que el medio año restante se dedicará a preparar el examen que sustituiría a la actual PAU.
  • Opción de enseñanzas aplicadas para la iniciación a la Formación Profesional: Son muchos los alumnos que deciden seguir por este camino una vez finalizada la Educación Secundaria Obligatoria. Con esta nueva ley, los alumnos deberán someterse a esta “revalida” o examen de las asignaturas cursadas para poder obtener el título de la ESO y así acceder a la Formación Profesional.

En la LOMCE  una de las características y uno de los cambios más importantes, es que habrá  reválida, pruebas finales para obtener el título graduado en ESO y el título graduado en Bachillerato. Las reválidas se llevaran a cabo en los cursos de 3º y 6º de Primaria, 4º de la ESO y 2º de bachillerato.

Las materias se clasifican en bloques de asignaturas, troncales, específicas y de libre configuración autonómica.

En la Educación Secundaria Obligatoria las asignaturas troncales son: Biología y Geología, Física y Química, Geografía e Historia, Lengua Castellana y Literatura, Primera Lengua Extranjera y Matemáticas (en tercero y cuarto dividida en Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas y en Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Aplicadas).

En cuarto curso se añaden Economía y Latín, en la opción de enseñanzas académicas, y Ciencias Aplicadas a la Actividad Profesional, Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial y Tecnología, en la opción de enseñanzas aplicadas.

Podemos obtener más información más detalladamente leyendo el  artículo 24. de la Ley Orgánica 8/2013:

1. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales en los cursos primero y segundo:

  1. a) Biología y Geología en primer curso.
  2. b) Física y Química en segundo curso.
  3. c) Geografía e Historia en ambos cursos.
  4. d) Lengua Castellana y Literatura en ambos cursos.
  5. e) Matemáticas en ambos cursos.
  6. f) Primera Lengua Extranjera en ambos cursos.
  7. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales en el curso tercero:
  8. a) Biología y Geología.
  9. b) Física y Química.
  10. c) Geografía e Historia.
  11. d) Lengua Castellana y Literatura.
  12. e) Primera Lengua Extranjera.
  13. Como materia de opción, en el bloque de asignaturas troncales deberán cursar, bien Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas, o bien Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Aplicadas, a elección de los padres, madres o tutores legales o, en su caso, de los alumnos y alumnas.
  14. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias del bloque de asignaturas específicas en cada uno de los cursos:
  15. a) Educación Física.
  16. b) Religión, o Valores Éticos, a elección de los padres, madres o tutores legales o, en su caso, del alumno o alumna.
  17. c) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, un mínimo de una y, máximo de cuatro, de las siguientes materias del bloque de asignaturas específicas, que podrán ser diferentes en cada uno de los cursos:

1.º Cultura Clásica.

2.º Educación Plástica, Visual y Audiovisual.

3.º Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial.

4.º Música.

5.º Segunda Lengua Extranjera.

6.º Tecnología.

7.º Religión, sólo si los padres, madres o tutores legales o, en su caso, el alumno o alumna no la han escogido en la elección indicada en el apartado 4.b).

8.º Valores Éticos, sólo si los padres, madres o tutores legales o, en su caso, el alumno o alumna no la han escogido en la elección indicada en el apartado 4.b).

  1. Los alumnos y alumnas deben cursar la materia Lengua Cooficial y Literatura del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica en aquellas Comunidades Autónomas que posean dicha lengua cooficial, si bien podrán estar exentos de cursar o de ser evaluados de dicha materia en las condiciones establecidas en la normativa autonómica correspondiente. La materia Lengua Cooficial y Literatura recibirá un tratamiento análogo al de la materia Lengua Castellana y Literatura.

Además, en función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, los alumnos y alumnas podrán cursar alguna materia más en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, que podrán ser materias del bloque de asignaturas específicas no cursadas, o materias a determinar. Estas materias del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica podrán ser diferentes en cada uno de los cursos.

  1. Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las materias del ciclo, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional se trabajarán en todas las materias.
  2. Con el fin de facilitar el tránsito del alumnado entre la Educación Primaria y el primer curso de Educación Secundaria Obligatoria, las Administraciones educativas y, en su caso, los centros docentes, podrán agrupar las materias del primer curso en ámbitos de conocimiento.” 
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Matemáticas es una de las asignaturas troncales más importantes en la LOMCE

Durante el Bachillerato la relación de asignaturas troncales es mucho más extensa. Así, en el curso de bachillerato hay tres vías por las que decantarse: bachillerato de artes, bachillerato de ciencias y bachillerato de humanidades y ciencias sociales, de las cuáles en esta última, habrá dos direcciones, bien humanidades o bien ciencias sociales.

La promoción con la LOMCE

El alumnado puede promocionar, pasar al curso siguiente, teniendo todas las asignaturas aprobadas o teniendo dos asignaturas suspensas siempre y cuando estas no sean Matemáticas y Lengua Castellana y Literatura. Repetirá curso si tiene más de dos asignaturas suspensas.

Podemos verlo tal y como lo redacta el  artículo 28 de la Ley Orgánica 8/2013:

1. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de la Educación Secundaria Obligatoria será continua, formativa e integradora.

Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de las evaluaciones se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades educativas especiales.

  1. Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, dentro de la etapa, serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto de profesores del alumno o alumna respectivo, atendiendo al logro de los objetivos y al grado de adquisición de las competencias correspondientes.

Los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, y repetirán curso cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias, o en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea.

De forma excepcional, podrá autorizarse la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en tres materias cuando se den conjuntamente las siguientes condiciones:

  1. a) que dos de las materias con evaluación negativa no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas,
  2. b) que el equipo docente considere que la naturaleza de las materias con evaluación negativa no impide al alumno o alumna seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica,
  3. c) y que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador al que se refiere el apartado 7 de este artículo.

Podrá también autorizarse de forma excepcional la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea cuando el equipo docente considere que el alumno o alumna puede seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica, y siempre que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador al que se refiere el apartado 7 de este artículo.

A los efectos de este apartado, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques. Además, en relación con aquellos alumnos y alumnas que cursen Lengua Cooficial y Literatura, sólo se computará una materia en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, con independencia de que dichos alumnos y alumnas puedan cursar más materias de dicho bloque. Las materias con la misma denominación en diferentes cursos de la Educación Secundaria Obligatoria se considerarán como materias distintas. La materia Lengua Cooficial y Literatura tendrá la misma consideración que la materia Lengua Castellana y Literatura en aquellas Comunidades Autónomas que posean lengua cooficial.

  1. Con el fin de facilitar a los alumnos y alumnas la recuperación de las materias con evaluación negativa, las Administraciones educativas regularán las condiciones para que los centros organicen las oportunas pruebas extraordinarias en las condiciones que determinen.
  2. Quienes promocionen sin haber superado todas las materias deberán matricularse de las materias no superadas, seguirán los programas de refuerzo que establezca el equipo docente y deberán superar las evaluaciones correspondientes a dichos programas de refuerzo. Esta circunstancia será tenida en cuenta a los efectos de promoción previstos en los apartados anteriores.
  3. El alumno o alumna podrá repetir el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa. Cuando esta segunda repetición deba producirse en tercero o cuarto curso, se prolongará un año el límite de edad al que se refiere el apartado 2 del artículo 4. Excepcionalmente, un alumno o alumna podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa.
  4. En todo caso, las repeticiones se establecerán de manera que las condiciones curriculares se adapten a las necesidades del alumno o alumna y estén orientadas a la superación de las dificultades detectadas.
  5. Con la finalidad de facilitar que todos los alumnos y alumnas logren los objetivos y alcancen el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes, las Administraciones educativas establecerán medidas de refuerzo educativo, con especial atención a las necesidades específicas de apoyo educativo. La aplicación personalizada de las medidas se revisará periódicamente y, en todo caso, al finalizar el curso académico.

Al final de cada uno de los cursos de Educación Secundaria Obligatoria se entregará a los padres, madres o tutores legales de cada alumno o alumna un consejo orientador, que incluirá un informe sobre el grado de logro de los objetivos y de adquisición de las competencias correspondientes, así como una propuesta a padres, madres o tutores legales o, en su caso, al alumno o alumna del itinerario más adecuado a seguir, que podrá incluir la incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y el rendimiento a un ciclo de Formación Profesional Básica.

  1. Tras cursar el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, así como una vez cursado segundo curso cuando el alumno o alumna se vaya a incorporar de forma excepcional a un ciclo de Formación Profesional Básica, se entregará a los alumnos y alumnas un certificado de estudios cursados.
  2. En aquellas Comunidades Autónomas que posean, junto al castellano, otra lengua oficial de acuerdo con sus Estatutos, los alumnos y alumnas podrán estar exentos de realizar la evaluación de la materia Lengua Cooficial y Literatura según la normativa autonómica correspondiente.”

Los estudiantes que no obtengan el graduado en ESO, obtendrán un certificado oficial en el que aparecerán los años cursados, el grado delas materias y logros, y la adquisición de las competencias correspondientes.

Os dejamos unos vídeos sobre la LOMCE que explican el proceso de las revalidas y cómo afectarán al desarrollo de los estudios.